¿Sabías? El empleador debe proveer un asiento en favor del empleado y no puede negarse a que este se siente !!! El empleado Puede demandar al  20,000 NIS- 200,000NIS !!!

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Por ley, el empleador deberá proveer al empleado asiento disponible en el lugar de trabajo . El empleados no puede evitar que el empleado se siente o se mantenga sentado durante la jornada de trabajo, a menos que el empleador demuestre que la aplicación habitual de trabajo no permite estarlo.

El derecho se da automáticamente por el empleador. Si este derecho ha sido violado,el empleado puede presentar una demanda contra el infractor.

Independientemente de las órdenes anteriores y el derecho del empleado a un asiento y la posibilidad de que no se debe impedir que se siente durante la jornada de trabajo, el patrón deberá proveer a los empleados bancos o sillas adecuadas en el lugar de trabajo, tapizados de nuevo, en cantidad suficiente y en buen estado, durante el recreo.

Por favor, tenga en cuenta !! Esta ley da a los empleados el derecho a reclamar una indemnización por un monto de 20.000 NIS sin prueba de daño – y todo esto significa que sólo la violación de de la ley (sin tener que demostrar daños).Es suficiente para que el tribunal indemnice al empleado.

En caso de daños La ley permite que el una indemnización sea hasta 200.000 NIS teniendo en cuenta las circunstancias y la gravedad!!

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